Exp. nº 199/2009-S.- ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA DE ACTIVIDADES INOCUAS. Imprimir E-Mail
Secretaría   
viernes, 20 de noviembre de 2009
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A N U N C I O

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se pone en general conocimiento, que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria-urgente celebrada el día 18 de noviembre de 2009, aprobó inicialmente las siguientes Ordenanzas:

- Exp. nº 198/2009-S.- ORDENANZA DE TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS DEL AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ.

- Exp. nº 199/2009-S.- ORDENANZA REGULADORA DE LA LICENCIA DE ACTIVIDADES INOCUAS.

Las mencionadas Ordenanzas, se exponen al público en las dependencias de la Secretaría General (ubicada en la planta segunda de la Casa Consistorial, Plaza León y Castillo s/n) junto con los expedientes que se instruyen al efecto, por plazo de 30 días, a contar a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para la presentación de reclamaciones o sugerencias.

Durante el citado plazo de exposición pública, los días sábados, las indicadas Ordenanzas, junto con los expedientes instruidos al efecto, podrán ser examinados en las dependencias del Registro Municipal de Entrada y Salida de documentos, en horario de 9 a 13 horas.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

El Texto integró de las ordenanzas aprobadas inicialmente, se encuentra insertado en la página www.sanbartolome.es

Lo que se hace público para general conocimiento En San Bartolomé (Lanzarote) de 19 de noviembre de 2009.

El Alcalde-Presidente
P.D: El Concejal delegado de Urbanismo y Actividades Inocuas
(Resolución 2560/2009 de 20 de octubre)
Victoriano Antonio Rocío Romero
 

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